Al leerlos nos dimos cuenta que hacer acompañamiento al arte, la cultura, la educación, la pandemia, la coyuntura del paro nacional, entre otros, hemos hecho sido un aporte a garantizar los Derechos Humanos.
A continuación haremos un resumen de los diferentes espacios y escenarios en donde consideramos se ha hecho presente la preservación de los Derechos Humanos por medio de nuestro quehacer digital, comunicacional y comunitario. Así entenderán porque titulamos esta propuesta «Parabólico, por favor!» Haciendo alusión a la necesidad y obligación de que las armas no letales de la policía sean disparadas correctamente de forma parabólica y así evitar agredir o incluso quitar la vida de los manifestantes.
Así mismo veremos diferentes escenarios pasando desde antes la pandemia hasta la actualidad, donde seguimos creando y accionando con nuestro quehacer comunicativo llegando a una instancia como el Congreso de la República acompañado de otros medios de comunicación y liderado por el señor Rodrigo Acosta, en donde se apuesta a una creación de una ley para medios de comunicación comunitaria.
Declaración Universal de Derechos Humanos, Naciones Unidas.
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse FRATERNALMENTE los unos con los otros.
Artículo 3. Todo individuo tiene DERECHO A LA VIDA, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 5. Nadie será sometido a TORTURAS ni a penas o TRATOS CRUELES, INHUMANOS o DEGRADANTES.
Artículo 9. Nadie podrá ser ARBITRARIAMENTE DETENIDO, PRESO ni desterrado.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
En el marco el paro nacional siempre tuvimos como intención salir con nuestros celulares y dispositivos a filmar los respectivos procedimientos policiales y velar por la seguridad por el buen trato de los capturados en las manifestaciones. A nivel nacional e internacional circularon fotografías y vídeos por medio de las redes sociales que dieron cuenta de una triste realidad en la que jóvenes con o sin adentrar si era en justa causa o no, salían a las calles a enfrentarse con la fuerza pública que respondían con actuar desmedido, en donde incluso se supo de desapariciones, torturas, y muchas cosas más que aún hoy son motivo de investigación y que la misma alcaldesa Claudia López ha reprochado en contra de las autoridades públicamente. Era necesario nuestro accionar digital.
Fecha: Marzo 13 de 2022
Descripción: Fragmento tomado de un vídeo grabado en vivo en medio de manifestaciones en Usme. En este se aprecia un dialogo entre la fuerza pública y civiles hablando sobre el derecho y el deber al voto.
Soluciaton Usme. Evento organizado por hip hopers de Usme recogiendo ideas para soluciones y presentarlas en pliego distrital. Eventos y acciones en pro de evitar las vías de hecho.
Camionetas
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la LIBERTAD DE OPINIÓN y de EXPRESIÓN; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de INVESTIGAR y RECIBIR OPINIONES E INFORMACIONES, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión..
Artículo 20. 1. Toda persona tiene derecho a la LIBERTAD DE REUNIÓN y de ASOCIACIÓN PACIFICA.
Artículo 21. 3. La VOLUNTAD DEL PUEBLO es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante ELECCIONES auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la LIBERTAD DEL VOTO.
Fecha: Marzo 13 de 2022
Descripción: Fragmento tomado de un vídeo grabado en vivo en medio de manifestaciones en Usme. En este se aprecia un dialogo entre la fuerza pública y civiles hablando sobre el derecho y el deber al voto.
Artículo 23. Toda persona tiene derecho al TRABAJO, a la libre elección de su trabajo, a condiciones EQUITATIVAS y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
Artículo 25. 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la ALIMENTACIÓN, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
Artículo 26. 1. Toda persona tiene derecho a la EDUCACIÓN. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
Artículo 27. 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural en comunidad, a GOZAR DE LAS ARTES y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Fecha: jULIO 23 DE 2022
Descripción: Proceda Ambiental Usme.com.co en el marco de presupuestos participativos. Se realizó una intervención en el parque La aurora de Usme, hubo presentaciones artísticas, información ambiental puerta a puerta, almuerzo comunitario, mejora de espacios, instalación de canecas y pintamos UN MURAL DE 3 PISOS, quizás uno de los más grandes y con tema alusivo al territorio de Usme.
Artículo 29. 1. Toda persona tiene DEBERES RESPECTO A LA COMUNIDAD, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
https://www.facebook.com/usme.com.co/videos/1007183796783198 (Restringido, no se deja insertar)
Artículo 24. Toda persona tiene derecho al DESCANSO, al disfrute del tiempo libre, a una LIMITACIÓN RAZONABLE DE DURACIÓN DEL TRABAJO y a vacaciones periódicas pagadas.